Las luchas patricio-plebeyas

La organización político-social de Roma estaba constituida por los patricios, que eran los descendientes de las antiguas etnias y los pobladores de Italia. Por otra parte estaba también formada por los plebeyos, que eran personas que venían de fuera de Roma, que venían buscando fortuna y trabajo.

La plebe sufría determinadas limitaciones en el plano religioso, jurídico, económico y en definitiva en toda la vida político y social. Por tanto durante siglos, la plebe hizo una serie de reivindicaciones. En el plano político la plebe pedía el acceso a las magistraturas, el acceso a cargos públicos y al sacerdocio. En el plano social pretendían que se aboliese la prohibición del matrimonio entre patricios y plebeyos. En el plano económico pedían que se mitigara la situación de los deudores insolventes, además de la petición de la reducción de los tipos de interés. Pedían también poder participar en el reparto de ager publicus, por el que se hacía un reparto de territorio al expandirse Roma. En el plano jurídico los plebeyos tenían ciertas reivindicaciones como la eliminación del monopolio de la interpretación del derecho, ya que solamente en estos momentos los colegios pontificales eran los encargados. Esta reivindicación tuvo el resultado de la publicación de las XII Tablas en el año 450 a.C., además de la publicación de la lex hortensia, que atribuía el mismo valor a los plebiscitos que a las leyes públicas sancionadas en comicios.

Un punto de inflexión lo constituyó la negativa de los plebeyos de formar parte del ejército, porque se pusieron en huelga, abandonaron Roma y se fueron a los montes Sacro y Aventino dejando la ciudad paralizada. De este modo se consigue que los patricios le concedan reconocimiento a los concilia plebis, además de conseguir constituir la institución del tribuno de la plebe.

Los tribunos eran los jefes naturales de la plebe, eran también cargo político y público pero no nacen con una magistratura, al menos inicialmente. Los tribunos de la plebe se escogían en las concilia plebis (reuniones de plebeyos), mediante la llamada lex sacrata. Como se eligen mediante una ley sagrada se consideraba una institución intocable e inviolable. Se consideraban también sacrosanti, de forma que era también una institución religiosa. Se caracterizaba por no estar sometida al poder del imperium de ninguna de las tres más importantes instituciones. En principio son cinco hasta que llegan a ser diez. Con el paso del tiempo el tribuno de la plebe llegó a considerarse una magistratura romana y se le reconoció el derecho a vetar las decisiones de otros magistrados e incluso de vetar las decisiones del senado mediante la intercessio. A partir del siglo III a.C. gozaban del ius agendi cum patribus, que era la facultad de convocar y presidir el senado. Además el tribuno de la plebe tenía el poder de hacer cumplir algunas de las decisiones que formaban parte de su competencia específica llamada summa coercendi potestas.

En el siglo IV a.C., los plebeyos consiguen acceder a las magistraturas y en el año 367 a.C., se consigue también que los plebeyos accedan al consulado. Uno de los requisitos para ser senador era el hecho de haber ocupado alguna magistratura. Por su reciente condición de exmagistrados también logran acceder al senado. Es una de los puntos fundamentales que consiguen los plebeyos.

A través de la lex ogulnia los plebeyos consiguen el acceso a los colegios sacerdotales, es decir, el acceso a la interpretación directa e inmediata del derecho. En el año 250 a.C., un plebeyo consigue ser elegido pontífice máximo.

En el siglo IV a.C., los plebeyos consiguen acceder al reparto del ager publicus y en el año 326 se aprueba a través de los comicios centuriados una ley en virtud de la cual los deudores insolventes que fueran plebeyos no caían en esclavitud ni eran asesinados.