Matrimonio y familia en derecho civil

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jueves, 23 de diciembre de 2010

Matrimonio y familia en derecho civil

Podemos definir la familia como el grupo de personas unidas por relaciones de afectividad y/o de parentesco, lo que incluye a los cónyuges o convivientes more uxorio y a los parientes –hijos, padres, nietos, hermanos, tíos, primos, etc.-. Las relaciones familiares se caracterizan habitualmente por la intimidad que existe entre sus miembros, y suelen estar relacionadas con la convivencia, la procreación y la ayuda recíproca entre los familiares que integran la familia.

– Distinción entre familia extensa y familia nuclear

A estos efectos, suele distinguirse entre la familia extensa –que integraría a un grupo de familiares muy amplio, compuesto por personas de distintas generaciones y líneas de parentesco (abuelos, primos, cuñados, etc.)- y la familia nuclear –integrada sólo por los cónyuges o convivientes o por los progenitores y sus hijos-.

– La familia y todas las normas que le rodean (fiscales, laborales, penales, etc.)

Por otra parte, la existencia de la familia determina la proliferación de normas de muy diversa índole en las que se tienen en cuenta los vínculos familiares desde distintas perspectivas jurídicas: a efectos de impuestos (Derecho Fiscal), en el ámbito laboral y de las prestaciones sociales (Derecho del Trabajo y Seguridad Social), en el ámbito del delito (Derecho Penal), etc.

– La familia en nuestro ordenamiento jurídico

Nuestro Ordenamiento Jurídico no impone ningún modelo de familia, si bien regula el matrimonio, que es la unión estable de dos personas –de igual o distinto sexo-, y las llamadas parejas de hecho que son uniones que adoptan un cauce jurídico distinto del matrimonio, aunque con muchos efectos comunes con éste. También se reconoce eficacia civil a los matrimonios religiosos celebrados en la forma prevista por distintas confesiones religiosas.

– El matrimonio, una institución no perpetua

El matrimonio es una institución no perpetua, pues nuestro Ordenamiento reconoce el divorcio, que es el mecanismo por el cual se pone fin a un matrimonio previamente celebrado.
Publicado porJavier García de Tiedra GonzálezEnviar por correo electrónicoEscribe un blogCompartir con TwitterCompartir con FacebookCompartir en PinterestEntrada más recienteEntrada antiguaInicioLegítima defensa 2010 – 2022. Con la tecnología de Blogger.