Contenido del «Llibre del Consolat de mar»

Por lo que respeta a su contenido, viene constituido por los distintos elementos que, a lo largo de su trayectoria, ha ido incorporando:

a) El Ordre judiciari de la Cort dels consols de mar de Valencia, introducido en la colección, como quedó indicado, durante el período mallorquín. Reproduce el estilo o régimen procedimental a que se ajustaban los cónsules en sus actuaciones, caracterizándolas por la rapidez, simplicidad y predominio de la oralidad sobre el procedimiento escrito. Del juicio de los cónsules sólo se podía recurrir ante el juez de apelaciones del propio Consulado, quien sentenciaba definitivamente.

b) Les bones costumes e els bons usatges de la mar, que constituyen la parte más extensa del Llibre (unos 250 capítulos). Reproduce el Derecho consuetudinario observado en el Mediterráneo por los profesionales del comercio y de la navegación. Normativiza minuciosamente las atribuciones, deberes y responsabilidades del patrón o naviero, del contramaestre, pilotos, marineros y del escribano del buqeu y regula con detalle los contratos mercantiles de fletamento, pasaje, comanda, seguros y préstamo marítimo, todo ello presidido por el principio de la buena fe.

c) Las Ordinacions de tot vexell qui armara per anar en cors, formadas por 36 capítulos de origen no bien determinado y que tratan de la organización de las armadas y de la guerra en el mar.

d) Los Capítols del rey en Pere sobre los fets e actes maritimes, un total de 40 disposiciones promulgadas por Pedro el Ceremonioso, referidas a la construcción de naves, disciplina de las tripulaciones, jurisdicción, etc.

El Llibre del Consolat disfrutó de una autoridad y alcanzó una difusión extraordinarias, aplicándose sus normas por todo el Mediterráneo. En este sentido, su prestigio ha sido comparado al del propio Corpus iuris civilis medieval y, por lo que respecta a España, su vigencia perdurará prácticamente hasta la promulgación del primer Código de comercio, en 1829, ya que los Decretos de Nueva Planta dados por Felipe V en el siglo XVIII para los reinos de la Corona de Aragón excluyeron expresamente de sus efectos al texto del Llibre.

Fuente:
Manual básico de Historia del Derecho (Temas y antología de textos)
Enrique Gacto Fernández
Juan Antonio Alejandre García
José María García Marín