Evolución histórica del Derecho Mercantil

Índice de contenido

– Desde la época romana hasta la Edad Media

Las relaciones jurídicas comerciales se resolvían aplicando el ius civile romano justinianeo. No era necesaria la creación de un derecho especial mercantil para resolver las relaciones jurídicas comerciales.

– Derecho mercantil en la baja Edad Media

El Derecho Mercantil era un derecho especial e independiente del Derecho civil. La proliferación de las relaciones comerciales determinó la insuficiencia del ius civile romano para regular esas relaciones jurídicas. Era necesaria, por tanto, la creación de un derecho destinado a regularlas.

+ Características del ius mercatorum ratione mercaturae

El ius mercatorum ratione mercaturae presenta las siguientes características:

  • Es un derecho especial. Previsto para regular las relaciones comerciales.
  • Es un derecho consuetudinario. En la Edad Media la costumbre es la fuente del Derecho.
  • Es un derecho subjetivo. Aplicable a un cierto sector de la población (los mercaderes) en el ejercicio de la actividad profesional que le es propia (el mercado).
  • Es un derecho corporativo. Derecho nacido en las organizaciones profesionales (corporación) de mercaderes. De la corporación surgen, a su vez, los órganos destinados a interpretarlo y aplicarlo al administrar justicia (la jurisdicción consular).

– Derecho mercantil en la Edad Moderna

Se inicia con un doble proceso de objetivación y de legalización y estatalización del Derecho mercantil, desplazando la aplicación del ius mercatorum.

  • El derecho mercantil se objetiva. Se aplica a los actos de comercio por su consideración como tales, con independencia de la condición de la persona que los lleve a cabo.
  • El derecho mercantil se legaliza (la ley escrita y sancionada por el monarca se constituye en la primera fuente del derecho) y se estataliza (el Estado asume la competencia legislativa exclusiva sobre esta materia).
  • El ius mercatorum (subjetivo y consuetudinario) pasa a ocupar un segundo plano, siendo sólo de aplicación supletoria en defecto de ley mercantil estatal y escrita.

– Derecho mercantil en la Edad contemporánea

Se implantan en el derecho los principios de libertad e igualdad derivados de la Revolución Francesa, lo que va a suponer:

a) La desaparición del ius mercatorum.

b) La estructuración del Derecho mercantil de una forma diferente: el Derecho mercantil se codifica, esto es, se integra en un Código. La recepción de esta idea en nuestro país supuso la aprobación, en 1829, del primer Código de comercio (Código de comercio de Sainz de Andino) y del todavía vigente Código de comercio de 1885 (aun cuando ha sido sumamente modificado en la actualidad)