Los principios democráticos de la Unión Europea y su protección

Índice de contenido

– Principios democráticos de la Unión Europea

+ Los principios democráticos de la Unión Europea: artículo 6 Tratado de la Unión Europea

Los principios democráticos de la Unión Europea los encontramos en el artículo 6 del Tratado de la Unión Europea.

. Artículo 6.1 del Tratado de la Unión Europea

La Unión reconoce los derechos, libertades y principios enunciados en la Carta de los Derechos fundamentales de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2000, tal como fue adaptada el 12 de diciembre de 2007 en Estrasburgo, la cual tendrá el mismo valor jurídico que los Tratados.

Las disposiciones de la Carta no ampliarán en modo alguno las competencias de la Unión tal como se definen en los Tratados.

Los derechos, libertades y principios enunciados en la Carta se interpretarán con arreglo a las disposiciones generales del título VII de la Carta por las que se rige su interpretación y aplicación y teniendo debidamente en cuenta las explicaciones a que se hace referencia en la Carta, que indican las fuentes de dichas disposiciones.

. Artículo 6.2 de la Tratado de la Unión Europea

La Unión se adherirá al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Esta adhesión no modificara las competencias de la Unión que se definen en los Tratados.

. Artículo 6.3 del Tratado del Tratado de la Unión Europea

Los derechos fundamentales que garantiza el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales y los que son fruto de las tradiciones constitucionales comunes a los estados miembros formarán parte del derecho de la Unión como principios generales.

+ Proyección ad intra y exterior de los principios democráticos de la Unión Europea

. Proyección ad intra

Los estados miembros de la Unión Europea deben respetar los principios y valores democráticos. Si un estado miembro incumple se origina el procedimiento del artículo 7 del Tratado de la Unión Europea.

. Proyección exterior

La proyección exterior tiene una doble vertiente:

1. En relación con la ampliación de la Unión Europea (si un estado quiere ser miembro de la Unión Europea tiene que respetar los principios democráticos).

2. Las cláusulas democráticas.

La Unión Europea como sujeto de derecho internacional firma muchos acuerdos en el ámbito político y en el económico terceros estados.

En todos estos acuerdos incluye un cláusula democrática que consiste en que si la parte contratante viola los derechos humanos la Unión Europea podrá denunciar el tratado internacional.

Es un mecanismo de presión de la Unión Europea frente a otros estados para que respeten los Derechos Humanos.

– Protección de los principios democráticos de la Unión Europea

+ Protección de los principios democráticos de la Unión Europea: artículo 7 del Tratado de la Unión Europea

La protección a los principios democráticos de la Unión Europea los encontramos en el artículo 7 del Tratado de la Unión Europea.

. Artículo 7.1 del Tratado de la Unión Europea

A propuesta motivada de un tercio de los Estados miembros, del Parlamento Europeo o de la comisión, el Consejo, por mayoría de cuatro quintos de sus miembros y previa aprobación del Parlamento Europeo, podrá constatar la existencia de riesgo claro de violación grave por parte de un Estado miembro de los valores contemplados en el artículo 2.

Antes de proceder a esta constatación, el consejo oirá al estado miembro de que se trate y por el mismo procedimiento podrá dirigirle recomendaciones.

El consejo comprobará de manera periódica si los motivos que han llevado a tal constatación siguen siendo válidos.

. Artículo 7.2 del Tratado de la Unión Europea

El Consejo Europeo, por unanimidad y a propuesta de un tercio de los Estado miembros o de la Comisión y previa aprobación del Parlamento Europeo, podrá constatar las existencia de una violación grave y persistente por parte de un estado miembro de los valores contemplados en el artículo 2 tras invitar al estado miembro de que se trata a que presente sus observaciones.

. Artículo 7.3 del Tratado de la Unión Europea

Cuando se haya efectuado la constatación contemplada en el apartado 2, el Consejo podrá decidir, por mayoría cualificada, que se suspendan determinados derechos derivados de la aplicación de los tratados al Estado miembro de que se trate, incluidos los derechos de voto del representante del Gobierno de dicho estado miembro en el Consejo.

Al proceder a dicha suspensión, el Consejo tendrá en cuenta las posibles consecuencias ce las misma para los derechos y obligaciones de las personas físicas y jurídicas.

Las obligaciones del Estado miembro de que se trate derivadas de los Tratados continuaran, en cualquier caso, siendo vinculantes para dicho estado.

. Artículo 7.4 del Tratado de la Unión Europea

El Consejo podrá decidir posteriormente, por mayoría cualificada , la modificación o revocación de las medidas adoptadas de conformidad con el apartado 3 como respuesta a cambio en la situación que motivo su imposición.

. Artículo 7.5 del Tratado de la Unión Europea

Las modalidades de voto que , a los efectos del presente artículo, serán de aplicación para el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo y el Consejo se establecen en el artículo 354 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

+ Sistema de protección del artículo 7 del Tratado de la Unión Europea

. Riesgo de violación grave de derechos fundamentales

¿Quién decide la existencia de ese riesgo? el Consejo (ministros), a propuesta de un 1/3 de los estados miembros; el Parlamento o la comisión, podrá por mayoría de 4/5 constatar la existencia de un riesgo de violación grave. Siempre con la aprobación del Parlamento Europeo.

¿Quién adopta las medidas? El Consejo.

¿Qué medidas se pueden adoptar? Si el consejo decide verificar si existe violación lo que puede hacer es tomar medidas de observación y solicitar informaciones al país sospechoso. En todo el procedimiento no participa el estado afectado.

. Violación grave de Derechos Humanos

¿Quién decide la existencia de violación? El Consejo Europeo (jefes de estado) por unanimidad.

¿Quién adopta las medidas? el Consejo.

¿Qué medidas se pueden adoptar? Se puede adoptar la limitación de sus derechos como estado miembro o bien una salida de la Unión Europea (vid. artículo 5 del TUE un estado miembro puede dejar de formar parte de la Unión Europea).

No va a ser lo mismo Consejo que Consejo Europeo. El Consejo Europeo está formado por jefes de estado y el Consejo por ministros.