La jurisprudencia como fuente del Derecho romano

El exclusivismo del colegio sacerdotal desaparece y ahora la jurisprudencia también se considera una actividad libre y laica. En el año 304 a.C tiene lugar la publicación de la colección pontificial de las fórmulas para los pleitos y los negocios jurídicos. Con la lex ovinia tiene lugar la entrada del primer pontífice máximo plebeyo, que empezó a emitir en público dictámenes jurídicos.

– Funciones básicas de la jurisprudencia romana

Hay tres funciones básicas que cumple la jurisprudencia:

El cavere indica la labor del jurista aconsejando la correcta formulación del negocio jurídico. El agere llevaba la dirección técnica de un pleito. El respondere emitía de dictámenes y consejos sobre consecuencias y problemas del derecho.

Esta labor de asesoramiento que realizaban los juristas en realidad no se limitaba solamente a la esfera privada sino que también emitían dictámenes a los órganos públicos, por eso se hacía frecuente que magistrados designados para determinadas causas requirieran el consejo de los jurisprudentes y los jurisconsultos. La importancia de los juristas queda patente en que los jurisconsultos con solo las XII tablas elaboraron dictámenes adoptados a los nuevos tiempos. Además los jurisconsultos realizaron otro tipo de labores secundarias como la describere, referida a la literatura jurídica; la enseñanza del derecho, el instituere; y el instruere, cuando la enseñanza del derecho alcanzaba un plano mucho más elevado.

– La jurisprudencia en la historia de Roma

La jurisprudencia comienza en el principado y más o menos el período abarca desde Augusto hasta los Everos, cuando se alcanza la madurez jurídica.

Durante la época republicana por importante que fuera la labor de los jurisconsultos estos solamente ofrecían consejos a la sociedad. En realidad los jurisconsultos no participaban en el poder legislativo, pero durante la época del principado los jurisconsultos alcanzaron tal relevancia que llegaron a formar parte del consilium principis, que aconsejaba a Augusto. Además vienen a participar directamente en la creación del derecho, medida que toma Augusto pero es continuada por el resto de los emperadores. Según establece Pomponio en un texto, Augusto concede a determinados juristas el ius publice respondendi, lo que significa que los juristas dotados de este ius pueden hacer emanar dictámenes como si se trataran de leyes del emperador. Estos dictámenes tendrían que ir sellados y tendrían la misma fuerza que incluso los rescriptos. Cuando se quería tener autoridad en una causa judicial, se recurría a jurisconsultos que gozasen de este derecho de forma que la respuesta era prácticamente inapelable. En la jurisprudencia clásica existieron dos escuelas, la sabiniana y la proculeyana. Los sabianianos tenían un criterio mucho más conservador y tradicional, mientras que los proculeyanos eran más innovadores.